En México, la jurisprudencia es el conjunto de principios, razonamientos y criterios que los juzgadores están obligados a utilizar para interpretar la ley. Se considera como una de las fuentes de la ley. 


Existen tres formas de crear Jurisprudencia: mediante la reiteración de criterios, mediante la resolución de criterios contradictorios y mediante la sustitución de jurisprudencia previa.


Jurisprudencia por reiteración requiere que la Suprema Corte, u otros Tribunales federales autorizados para establecer jurisprudencia, defiendan el mismo punto de derecho en cinco sentencias ejecutorias consecutivas. Es importante destacar que cada uno de estos criterios separados se considera un precedente y es un criterio orientador no vinculante.


Jurisprudencia mediante la resolución de criterios contradictorios. se establece cuando la Suprema Corte resuelve una contradicción interpretativa entre las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o entre los Tribunales Colegiados de Circuito.


Finalmente, la Jurisprudencia se puede crear mediante sustitución o modificación, cuando las decisiones vinculantes existentes por reiteración o por resolución de criterios contradictorios se reemplazan a solicitud fundada de uno de los miembros de la corte, después de que un caso se resuelve en términos de la decisión vinculante existente.


La obligatoriedad de la Jurisprudencia depende de la Corte que la emitió. La emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando funciona en Pleno o en Salas, es obligatoria para los Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito, los Juzgados de Distrito, los Tribunales militares y judiciales del orden común de los Estados y del Distrito Federal, y los Tribunales administrativos y del trabajo, tanto locales como federales.




Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación.



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