La activista Olimpia Coral, víctima de la violencia digital, ve su persistencia como resultado de la publicación de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Boletín Oficial de la Federación. La Ley Olimpia sobre violencia digital y mediática entrará en vigor el 2 de junio de 2021.
La violencia digital se define en la Ley Olimpia como actos de extorsión, hostigamiento, amenazas, violación de datos e información privada, y la circulación de contenido sexual sin consentimiento a través de las redes sociales, atentando contra la integridad, libertad, vida personal y derechos de las mujeres que principalmente afectan. .
La Ley Olimpia establece que el delito de violación a la privacidad sexual se comete cuando se divulgan, comparten, distribuyen o publican sin autorización imágenes, videos o audios con contenido sexual íntimo de una persona mayor de edad. Todo aquel que intente extorsionar, acosar o compartir fotos íntimas, videos o audio de carácter sexual sin consentimiento, causando daño psicológico o emocional, será condenado a 6 años de prisión y multas de 500 - 1000 unidades de medida y actualización (UMAs).
Se aplicará un castigo más sustancial si el agresor es un miembro de la familia, pareja o alguien en una posición de autoridad, como un empleador o maestro.
La ley también establece que serán encarcelados quienes utilicen las telecomunicaciones, internet o cualquier otro medio para contactar a una persona menor de 18 años y compartir imágenes, audio o video sexuales, actos de connotación sexual o solicitar encuentros sexuales, conocido como grooming. .
La violencia en línea promueve estereotipos sexistas, aboga por la violencia contra las mujeres y los niños y promueve la culpabilización y la vergüenza de las víctimas. Esta ley protege el derecho de la mujer a una vida sexual libre de violencia.